Filosofía Masónica

Por: Rafael Durán Camargo


Los principios esenciales de la filosofía masónica se encuentran claramente definidos en la Declaración de Principios aprobada en el Convento de Lausana en el año de 1875.

Su metafísica proclama la existencia de un principio creador con el nombre de Gran Arquitecto del Universo, resumiendo en esa forma lo que las religiones positivas encierran en estado de creencia instintiva, ya que toda religión es una metafísica espontánea y la metafísica es una religión reflexiva. De ahí que la masonería sin ser una institución religiosa sea superior a todas las religiones existentes, porque ninguna de éstas podrá desconocer, ni aun oponerse a la concepción que de Dios y sus atributos tenemos los masones, quienes como elemental deber tenemos el de instruirnos para tratar de desentrañar los secretos de la naturaleza haciéndanos dignos cada día más de la esencia de que procedemos y dependemos; por este motivo no impone límite alguno a la libre investigación de la verdad.

Ningún masón puede ni debe obligar proceder de acuerdo con su propia voluntad a otras voluntades en contra del querer de éstas. La moral masónica se basa en el simple precepto del amor al prójimo, fuente de toda libertad e igualdad, porque no puede haber tolerancia sin que en el prójimo no se vea un ser exactamente igual al nuestro, y como tal sujeto a todas las contingencias inherentes a la imperfección que se encuentran en todo humano. De este precepto nacen también todos los deberes y derechos y es por ello por lo que al iniciarse en la masonería todo individuo limita íntimamente su voluntad personal en medida de la conducta con respecto a otras voluntades; ningún masón puede ni debe obligar proceder de acuerdo con su propia voluntad a otras voluntades en contra del querer de éstas. Si tal hiciere no es digno de llevar el nombre de masón porque negaría, rechazándolos, los postulados de libertad e igualdad, en que se fundamentan las relaciones de los hombres.

 Precisamente, por estos postulados es por lo que en la masonería no existe la desigualdad social que se observa entre las igualdades religiosas que públicamente pregonan la salvación para unos y la perdición irremediable para otros como consuelo y compensación dentro de la misma desigualdad. También por ellos erige la justicia y el derecho individual, invulnerable mientras no se atente contra sus mismos principios.


Basándose en esa moral proclama también la masonería que la democracia es la base de las relaciones fraternales simplificando así los sistemas políticos que son la causa de la imperfección y de la discordia. Pero para ello es indispensable que se practiquen sin descanso las virtudes ciudadanas, reclamando con energía los derechos cuando éstos se ven conculcados, porque la tiranía generalmente es resultado de las licencias democráticas. Todo esto nos lo enseña la masonería en sus primeros grados en las bellas alegorías de sus símbolos.

La masonería exige a todos sus miembros el cumplimiento estricto de sus deberes y absoluta tolerancia. Por esto, el día en que toda la humanidad practique las sencillas reglas de la masonería, se habrá realizado la verdadera felicidad, porque se encontraría la verdad pura por lo cual los hombres tanto se han esforzado. Pero mientras llega ese momento la masonería exige a todos sus miembros el cumplimiento estricto de sus deberes y absoluta tolerancia, como medida para contribuir a la búsqueda de la anhelada perfección.

Estos principios filosóficos son los que hacen que la masonería sea la única Institución verdaderamente universal, ya que ellos se encaminan a fraternizar a todos los hombres cualesquiera que sea su nacionalidad, religión o raza.
_______________________
FUENTE: Boletín Nº 15 del Supremo Consejo del Grado 33º para Colombia del R:. E:. A:. A:. Tercera época. Diciembre de 1944. Bogotá. P. 457.

Comentarios

Entradas populares de este blog

La Muy Respetable Gran Logia del Norte de Colombia y el Supremo Consejo Neogranadino firman Tratado de Reconocimiento Mutuo, Paz y Amistad

Decreto de Simón Bolívar Expedido el 8 de noviembre de 1828

Miembros fundadores del Supremo Consejo Neogranadino