Decreto mediante el cual la Gran Logia del Norte de Colombia Rompe Relaciones con el Sup:. Consejo del Grado 33° para Colombia del R:. E:. A:: A:.

Gran Logia del Norte de Colombia
R:. E:. A:. A:.
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Barranquilla – Colombia



Decreto Especial

El Muy Respetable Gran Maestro de la Muy Respetable Gran Logia del Norte de Colombia en uso de sus facultades concedidas por la constitución Masónica y los Estatutos Generales, y

Considerando:

Primero. Que se han presentado manifestaciones contrarias a los postulados Masónicos, las cuales atentan contra la fraternidad y la autonomía de la Muy Respetable Gran Logia del Norte de Colombia con sede en Barranquilla, contempladas en su Carta Constitutiva y en su Constitución Masónica y Estatutos Generales;

Segundo. Que es deber del Muy Respetable Gran Maestro conservar el respeto, la convivencia fraternal y defender la autonomía de la Muy Respetable Gran Logia del Norte de Colombia;

Tercero. Que no obstante los esfuerzos del Muy Respetable Gran Maestro, manifestados en Tenidas ordinarias de Logias y de Gran Oriente donde ha enfatizado el deseo de mantener la unidad y buenas relaciones con el Supremo Consejo del Grado 33 para Colombia, los que han sido desvirtuados por el Soberano Gran Comendador con señalamientos inaceptables contra miembros de nuestra Potencia masónica;

Cuarto. Que la Gran Logia del Norte de Colombia del Rito Escocés Antiguo y Aceptado con sede en Barranquilla es independiente, autónoma y soberana y no está sometida a, ni depende de ninguna otra “Potencia Masónica”, “Simbólica” o “Filosófica” ni está sometida jerárquicamente a este Supremo Consejo ni a ningún otro en el mundo (…) de conformidad con las voces de la Carta Patente Constitutiva de la Muy Respetable Gran Logia del Norte de Colombia.

Decreta:

Artículo Primero. Romper relaciones con el Supremo Consejo del Grado 33 para Colombia que preside el Soberano Gran Comendador, Álvaro Salgado González de conformidad con la parte considerativa del presente decreto.

Articulo Segundo. El presente decreto rige a partir de su promulgación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

Dado en el Gabinete de la Gran Maestría a los dos (2) días del mes de agosto de 2015 (e:. v:.). 

Comuníquese, Publíquese y Cúmplase


Fdo.

MARIO MORALES OROZCO
Muy Resp:.Gr:.Maest:.


ÁLVARO JOSÉ DÍAZ
Gr:. Secr Pod:. Ej:.

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