Supremo Consejo Central Colombiano
Fundado en Bogotá el 3 de junio de 1864
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| Escudo del Supremo Consejo de la Jurisdicción del Centro |
Extracto del acta del 25 de septiembre de 1938.
Abierta la sesión en forma litúrgica,
(…)
II
El Sob:. Gr:. Comendador hace saber que, de acuerdo con el artículo primero con el Tratado de fecha 12 de agosto próximo pasado, que se inserta en el acta que acaba de leerse, el Supremo Consejo Central Colombiano, debe hacer la declaración solemne de entrar en sueño y abatir sus CCol:., para que desde ese mismo instante sea reconocida como única autoridad masónica en todo el territorio de la República de Colombia, el Supremo Consejo Neogranadino, hoy Colombiano. Manifiesta el Sob:. Gran Comend:. que reconoce el sacrificio que en aras de la unidad de la Orden han hecho los SSob:. GGr:. IInsp:. del Supremo Consejo Central Colombiano, al permití- y autorizar expresamente la terminación de un organismo que no sólo fue siempre integrado por altas personalidades nacionales y políticas, sino que creó ese espíritu fraternal que nos ha unido con muy estrechos lazos, y ha fomentado nuestro fervor masónico de convencidos en los beneficios que a la Humanidad trae nuestra Institución. Agrega, que en adelante esos ideales y ese espíritu fraternal recibirán nuevo vigor con la cooperación de muy III:. HH:., que a su vez han mostrado el alto interés que los mueve en beneficio de la Institución.
Hace una breve reseña de lo que significa el trascendental paso que va a darse, y que no es sino el principio de la transformación total que se efectuará en la Masonería, cuyas Cámaras Altas servirán de inspiración y ejemplo a la Masonería del país, para seguir el camino recto de la fraternidad universal y obtener relaciones cordiales y permanentes con los Organismos regulares diseminados por el mundo.
Para terminar, anuncia que va a procederse a la ceremonia indicada, y pide a los presentes que se sirvan ponerse de pie. Acto seguido, a las cuatro de la tarde en punto, hace textualmente la declaración siguiente: “A nombre del Supremo Consejo Central Colombiano, y con la autorización expresa de todos los SSob:. GGr:. IInsp:. GGen:. que lo componen, declaro solemnemente, en desarrollo del Tratado celebrado con el Supremo Consejo Neogranadino, hoy Colombiano, el doce de agosto del presente año, que desde este instante suspende definitivamente sus labores y abate sus CCol:., para que sea el Supremo Consejo Neogranadino, hoy Colombiano, la única autoridad de la Masonería Capitular, Filosófica y Administrativa en Colombia”. “¿Juráis, PPod:. HH:., acatar la autoridad del Supremo Consejo Neogranadino, hoy Colombiano, y laborar con todo fervor y entusiasmo por el triunfo de sus programas e ideales?”. Habiéndose obtenido una contestación afirmativa y unánime, dispone el Sob:. Gran Comend:. que lodos los SSob:. GGr:. IInsp:. GGen:. presentes firmen esta acta y se envíe una copia al Sob:. Gran Comend:. del Supremo Consejo Neogranadino, hoy Colombiano.
III
Se lee por la Secretaría el Pal:. de fecha 20 de septiembre, dirigido por el Supremo Consejo Neogranadino, hoy Colombiano, en que avisa haber hecho elección de Miembros Activos y Honorarios, de acuerdo con el artículo 2º del Tratado…
Igualmente se informa en ese Pal:., que en Ten:. del 19 de septiembre, de acuerdo con el artículo 4º del Tratado, se fijó el día primero de octubre para elección de DDig:. y OOf:. del Supremo Consejo, para cuyo fin, los Miembros Activos pueden nombrar sus respectivos Delegado.
(…)
La sesión se clausuró en forma estatutaria.
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FUENTE: Boletín Nº 1 del Supremo Consejo del Grado 33º para Colombia. 3ª época. Bogotá. Junio de 1939. Pp. 7 – 8
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FUENTE: Boletín Nº 1 del Supremo Consejo del Grado 33º para Colombia. 3ª época. Bogotá. Junio de 1939. Pp. 7 – 8

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